• Modificación de la vigencia de las medidas orientadas a promover un
    comportamiento ordenado de los mercados financieros, fortalecer los
    canales de otorgamiento de crédito y proveer liquidez para el sano
    desarrollo del sistema financiero

El 21 de abril de 2020 el Banco de México anunció una serie de medidas aprobadas por su Junta de Gobierno con el fin de promover un comportamiento ordenado de los mercados financieros, fortalecer los canales de otorgamiento de crédito y proveer liquidez para el sano desarrollo del sistema financiero.

Lo anterior se dio en respuesta a los efectos adversos de la pandemia de COVID-19 sobre el funcionamiento de los mercados financieros y las condiciones de otorgamiento de crédito en nuestro país.

Algunas de estas medidas requirieron la implementación de operaciones extraordinarias con un carácter transitorio y de adecuaciones a algunos instrumentos con los que cuenta el Banco de México para el manejo de la liquidez y propiciar un comportamiento ordenado de los mercados financieros.

El pasado 15 de septiembre, en consideración a la persistencia de las afectaciones derivadas de la crisis sanitaria, el Instituto Central anunció la extensión al 28 de febrero de 2021 de la vigencia de las medidas que originalmente se había establecido para el 30 de septiembre de 20201. Adicionalmente, la Comisión de Cambios ha anunciado diversas acciones a fin de contribuir a un mejor funcionamiento del mercado cambiario.

Desde su anuncio, estas medidas han coadyuvado a propiciar un comportamiento
más ordenado de los mercados, al proveer un soporte de liquidez adicional y una
señal de confianza a los intermediarios financieros, los cuales modifican su comportamiento al contar con la disponibilidad de dichas medidas.

Ello, debido a que los intermediarios pueden contar con acceso a liquidez adicional. Además, las medidas instrumentadas en los mercados de renta fija y de cambios también han contribuido a una evolución más ordenada en dichos mercados después de los episodios de volatilidad registrados en abril y mayo del año pasado. A la fecha, las instituciones de crédito de nuestro país han utilizado recursos de estas facilidades por un monto de aproximadamente 470 mil millones de pesos, mientras que los instrumentados por acuerdo de la Comisión de Cambios han sido por 16.4 miles de millones de dólares.

Si bien los mercados financieros en nuestro país han mostrado un comportamiento
más estable, persisten riesgos que podrían incidir negativamente sobre la economía y el sistema financiero mexicano. La evolución de la pandemia, la duración de las medidas de distanciamiento social, así como el avance en el proceso de vacunación, y las perspectivas de recuperación económica, continúan siendo inciertos y podrían afectar tanto a los mercados financieros internacionales como nacionales. Por lo anterior, y considerando la interacción de este Instituto Central con los intermediarios financieros en relación a las medidas instrumentadas, la Junta de Gobierno del Banco de México anuncia lo siguiente:

I. Instrumentos a disposición del Banco de México.

El Banco Central cuenta con instrumentos para la conducción de su política monetaria y para promover un funcionamiento ordenado de los mercados de dinero, de deuda y de cambios en nuestro país. En relación a estos, el Instituto
Central conserva la posibilidad de utilizarlos cuando lo considere necesario a
fin de cumplir con sus finalidades de procurar la estabilidad del poder
adquisitivo de la moneda nacional, promover el sano desarrollo del sistema
financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos:

1. El Banco de México mantendrá niveles de liquidez intradía suficientes
para facilitar un funcionamiento adecuado de los mercados financieros y
los sistemas de pagos (Facilidad 1).

2. El Banco de México mantendrá la facultad de llevar a cabo operaciones de permuta de valores gubernamentales cuando lo considere necesario para el buen comportamiento del mercado de deuda gubernamental (Facilidad 9).

3. El Banco de México podrá realizar operaciones de coberturas cambiarias liquidables por diferencias en dólares de Estados Unidos con contrapartes no domiciliadas en el país, cuando así lo instruya la Comisión de Cambios (Facilidad 10).

II. Extensión al 30 de septiembre de 2021 y ajustes a las medidas extraordinarias de provisión de liquidez

Estas medidas fueron instrumentadas con carácter extraordinario para hacer frente a las condiciones adversas sobre los mercados financieros nacionales que derivaron de la pandemia de COVID-19. Desde su instrumentación, las condiciones en los mercados financieros han mejorado y el uso de las facilidades ha ido disminuyendo gradualmente.

No obstante, considerando los riesgos que persisten, la Junta de Gobierno considera conveniente extender la vigencia de estas medidas al 30 de septiembre de 2021 y anuncia los siguientes ajustes:

1. Extensión del plazo de ampliación de garantías elegibles para la banca múltiple en la Facilidad de Liquidez Adicional Ordinaria (FLAO) y operaciones de financiamiento en dólares (Facilidad 2).

2. Extensión de la vigencia y reducción gradual de la facilidad de reporto de valores gubernamentales ampliados (Facilidad 4).

3. Extensión de la vigencia y reducción gradual de la ventanilla de intercambio temporal de garantías (Facilidad 5).

4. Extensión de la vigencia y reducción gradual de la facilidad de reporto de títulos corporativos (Facilidad 6).

III. Extensión al 30 de septiembre de 2021 de las medidas extraordinarias de provisión de liquidez a las instituciones de crédito para otorgar créditos a micro, pequeñas y medianas empresas y personas físicas afectadas por la pandemia de COVID-19.

Las medidas anunciadas por el Banco de México para fortalecer los canales de otorgamiento de crédito buscan atender los efectos de la pandemia sobre la disminución de las fuentes de financiamiento de los hogares, así como a las micro, pequeñas y medianas empresas. Este Instituto Central considera que estas medidas aún podrían ser útiles para fortalecer los canales de otorgamiento de crédito conforme avanza el proceso de recuperación económica en el país.

Por lo anterior, la Junta de Gobierno anuncia la extensión de la vigencia de las
medidas de provisión de recursos a instituciones de crédito para canalizar crédito a micro, pequeñas y medianas empresas y a personas físicas afectadas por la pandemia, así como de la facilidad de financiamiento a instituciones de banca múltiple garantizada con activos crediticios de la banca, para el financiamiento de la micro, pequeña y mediana empresa (Facilidad 7 y 8).