La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) informa a la ciudadanía sobre las Fintech, que son un nuevo tipo de Institución Financiera cuyo principal objetivo es ofrecer productos y servicios a través del uso de la tecnología, con el fin de agilizar y simplificar sus procesos.

Estas instituciones buscan ofrecer sus servicios mediante plataformas digitales tales como páginas web, aplicaciones móviles y redes sociales, lo que significa que puedes tener acceso de manera eficiente, ágil y cómoda.

Sin embargo, esto implica que se debe tener más cuidado con quién contratas y lo que deberás analizar antes de irte con la primera alternativa, es decir,  será conveniente hacer un ejercicio de comparación y exploración de opciones, que veas que la información sea clara y suficiente, que te muestren las condiciones de contratación, si cobran comisiones, entre otros.

El término o la palabra Fintech abarca no solamente a las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) que serán reguladas por la ley, pues también se refiere en general a cualquier innovación tecnológica aplicada al campo de las finanzas que pueda traer como resultado nuevos esquemas de negocio emergentes o startups como: aplicaciones de asesoría financiera, de gestión empresarial, calificadoras y comparadoras de productos financieros, etc.

Las ITF que en México están reguladas y supervisadas son de dos tipos: 

1)      Instituciones de Financiamiento Colectivo (Crowdfunding): aquellas que a través de una plataforma pone en contacto a inversionistas con solicitantes. Pueden realizar las siguientes operaciones: 

  • Financiamiento Colectivo de Deuda: los inversionistas otorgarán financiamiento para que la o el solicitante pueda cubrir una deuda o contingencia.
  • Financiamiento Colectivo de Capital: inversionistas aportan capital a empresas y negocios a cambio de un porcentaje de acciones o participaciones.
  • Financiamiento Colectivo de Copropiedad o Regalías: las y los inversionistas obtienen un porcentaje de las ganancias que deriven de una licencia por el uso del proyecto que se financie. 

2)      Instituciones de Fondo de Pago Electrónico (Wallets o Monederos Electrónicos): Estos pueden utilizarse para realizar compras, pagos, envíos de dinero de manera digital a diversos destinatarios y realizar domiciliaciones de tus servicios, por ejemplo: telefonía, luz, agua, etc. 

No se trata exclusivamente de dinero electrónico, ya que las Instituciones de Fondo de Pago Electrónico pueden operar con:

  • Moneda nacional (pesos)
  • Moneda extranjera (dólares, euros, etc.)
  • Activos virtuales (criptomonedas, tokens, etc.) 

Las operaciones realizadas con las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF)no se encuentran garantizadas por el Gobierno Federal o por el Banco de México. Tampoco las operaciones con monedas virtuales, las cuales serán bajo tu propio riesgo.

A partir de que se publique en el Diario Oficial de la Federación la autorización que emite la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para que las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) puedan operar, y se encuentren inscritas en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES), la CONDUSEF podrá asesorar, proteger y defender los derechos de las y los usuarios ante estas instituciones.

Ante ello, te damos las siguientes recomendaciones si piensas utilizar los servicios de las Finteche Instituciones De Tecnología Financiera (ITF):

  • Lee los términos y condiciones de la plataforma que utiliza la institución y asegúrate de comprenderlos antes de firmar. Los términos y condiciones de uso de la plataforma, así como los contratos deben estar disponibles en la misma para su consulta.
  • Pon atención a las comisiones y gastos en que pueda incurrir el producto o servicio que vas a contratar.
  • Infórmate sobre cómo se protegerá tu información personal, recuerda que estos procesos de contratación son en línea.
  • Toma en cuenta que, al invertir en alguna ITF, tus recursos no estarán garantizados por el Gobierno Federal.
  • Las ITF deberán señalar expresamente que ni el Gobierno Federal y ninguna otra entidad pública asumirá responsabilidad o garantizará los recursos de los clientes que sean utilizados en las operaciones o servicios que se realicen con ellas.
  • Respecto a operaciones con criptomonedas, la o el usuario debe saber que el activo virtual no es moneda de curso legal y no está respaldado por el Gobierno Federal, ni por el Banco de México; la imposibilidad de revertir las operaciones una vez ejecutadas; la volatilidad del valor del activo virtual, y los riesgos tecnológicos, cibernéticos y de fraude inherentes a los activos virtuales.