La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda que, quienes sólo recibieron ingresos por salarios pueden declarar en cualquier momento del año, si tienen un saldo a favor.

Esto se debe a las facilidades que se ofrecieron este año a los contribuyentes para la presentación de su Declaración Anual, con ellas, las personas que únicamente tuvieron ingresos por salarios o salarios más intereses nominales hasta por 20 mil pesos, con un solo patrón, ya no están obligados a declarar en el mes de abril.

Se precisa también, que, el plazo de vencimiento para declarar es al martes 2 de mayo, y dicho plazo aplica únicamente a las personas físicas que tengan ingresos por honorarios, arrendamiento, actividad empresarial, entre otros.

A los asalariados no les aplica este plazo, en virtud de que, si tienen un saldo a favor por las deducciones personales que tienen, pueden reclamar su devolución en cualquier momento del año.

Para mayor información se puede llamar a MarcaSAT 627 22 728 desde la Ciudad de México y 01 55 627 22 728 para el resto del país, en el SITIO, REDES SOCIALES y en las oficinas del SAT que están trabajando esta semana hasta las 17:00 horas y el sábado 29 de 09:00 a 14:00 horas.

Fuente: SAT