Uno de los pasos más importantes para emprender un negocio es la constitución legal de la persona moral o sociedad, sólo de esta forma el negocio podrá operar legalmente, calificar como sujeto de crédito, dar una imagen de seriedad, emitir comprobantes fiscales a su nombre, contratar empleados, entre muchos otros.

A pesar de que para muchos emprendedores implica un reto dar este paso, en realidad hoy en día resulta bastante sencillo. El Colegio Nacional del Notariado Mexicano (CNNM) te dice qué debes hacer para constituir legalmente una sociedad:

Busca la asesoría de un notario. Elegir el tipo de sociedad más adecuado para tu negocio es clave. El notario podrá explicarte qué tipo de sociedades existen e informarte las ventajas que tiene cada tipo de sociedad para tu negocio, así como las implicaciones fiscales y legales que los socios adquieren en cada caso, entre otros.

Elige el tipo de sociedad adecuado. Las dos más comunes son la Sociedad Anónima (S.A.) y la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.). Algunos aspectos que el notario explorará antes de recomendar el tipo de sociedad más conveniente para tu negocio son:

  • ¿A qué se dedicará la empresa, es decir, cuál será su objeto social?
  • ¿Quién o quienes dirigirán la sociedad?
  • ¿Cuánto capital invertirá cada socio?
  • ¿Es posible que ingresen nuevos socios en el futuro?

¿Qué no debes hacer al constituir una sociedad?

El CNNM te presenta los principales errores que debes evitar:

No constituir legalmente la sociedad. Un acuerdo de voluntades en el momento en el que se inicia el negocio no garantiza que siempre habrá coincidencia de puntos de vista. Es por ello que el notario público da asesoría y fe pública de la constitución de una S.A. o una S.R.L. a través de la redacción de la escritura constitutiva en la que quedarán definidos todos los detalles como:

  • Capital de la empresa y su distribución entre los socios
  • Objeto de la sociedad
  • Número de socios y nacionalidad de los mismos
  • Forma de administración de la sociedad, ya sea por un administrador único o un consejo de administración
  • Quién será el apoderado de la misma
  • Si pueden aceptarse más socios o no
  • Cuáles son las obligaciones de cada uno de los socios

La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es un nuevo tipo social respecto del cual te recomendamos acudir con el notario para saber si es la persona moral idónea que permitirá desarrollar tu negocio.

No definir claramente las obligaciones de cada socio. La obligaciones de los socios dependen del tipo de sociedad y del capital invertido. En general el socio mayoritario tendrá más responsabilidades dentro de la sociedad. Es importante definir reglas para el ejercicio del voto para la toma de decisiones y crear mecanismos de solución de controversias entre accionistas o socios.

No tener una estrategia de salida. Si los matrimonios fracasan, por qué no habría de tener problemas una sociedad. Por ello es importante definir desde la conformación de la sociedad los términos de salida que permiten que alguno de los socios abandone la empresa, causas para la exclusión de socios; así como establecer restricciones en la transmisión de acciones.

No registrar la marca. Al conformar la sociedad el notario presentará una solicitud ante la Secretaría de Economía en la que se propongan varias razones sociales o denominaciones de la sociedad, para que ésta confirme cuál de ellas está disponible.

Es importante no confundir este trámite con el registro de la marca comercial. De hecho en muchas empresas la razón social es diferente de la marca comercial.

El trámite ante notario para la constitución de una sociedad es rápido, toma solamente alrededor de 2 o 3 días hábiles, y es accesible. ¡Acércate a tu notario para recibir a