A partir de este septiembre, cada vez que algún contribuyente reciba un pago o expida un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a sus clientes, deberá generar también un “Comprobante de Pago Digital” (CPD) en el caso de hacer ventas a crédito o en parcialidades.

No obstante, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que planea otorgar facilidades a los contribuyentes para acotar la obligación de emitir el nuevo Complemento de Pago Digital (CPD) que a partir de septiembre acompaña a las facturas electrónicas de operaciones por ventas diferidas o en parcialidades.

Eduardo Prado RiveraSubadministrador de Medios Electrónicos del SAT, reveló en un videochat oficial de la dependencia, que en operaciones en las que el contribuyente conoce con anticipación el método de pago en que ésta va a efectuarse, podría evitar la obligación de emitir el CPD.

“Podría no emitir el complemento de pago cuando el pago es posterior a la transacción, siempre que sea dentro del mismo mes en que esta se llevó a cabo”, dijo el funcionario.

La medida sería oficial una vez que sea publicada la regla por parte del SAT.

Fiscalistas consideran que las nuevas disposiciones de facturación electrónica que entraron en vigor el 1 septiembre complicarían el control de la cobranza, sobre todo a las empresas más pequeñas.