En México sólo uno de cada 500 personas ha hecho un testamento; sólo el 4% de la población registró un testamento en los últimos 15 años. Tan sólo en la ciudad de México durante el 2016, se emitieron 40 mil testamentos, no obstante aún existe una gran problemática social y familiar por todos aquellos casos en que hay intestado.

¿Qué es “intestado”?

Intestado es cuando una persona no realiza un testamento para hacer cumplir su voluntad luego de la muerte. Cuando esto sucede, los bienes del difunto quedan expuestos a una reclamación por parte de “cualquiera”; para solucionar el conflicto entre los familiares o quienes reclamen los bienes, se realiza un juicio de Sucesión Legítima.

Sucesión Legítima

Cuando no se ha dejado testamento o éste fue declarado como nulo o perdió validez, la ley será la encargada, a través de un juez en la materia, de ordenar quién debe recibir dichos bienes, derechos y obligaciones. Para ello se realiza lo que conocemos como un juicio sucesorio intestamentario.

En el juicio, los familiares o personas, que consideren tener derecho a heredar los bienes que dejó el difunto intestado, acuden ante un juez para que pueda proceder a la apertura de la sucesión legítima.

Para que el juicio sucesorio se realice deben darse algunas de estas situaciones:

No hay testamento o el que se otorgó es nulo o perdió validez; cuando el testador no dispuso de todos sus bienes; cuando no se cumpla la condición impuesta al heredero; cuando el heredero muere antes del testador, repudia la herencia o es incapaz de heredar si no se ha nombrado sustituto.

¿Quiénes tienen derecho a heredar por sucesión legítima?

Los descendientes, cónyuges, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y la concubina o el concubinario, si se satisfacen en este caso los requisitos señalados por la ley. A falta de los anteriores, la beneficencia pública.

Etapas del juicio sucesorio

El juicio sucesorio intestamentario consta de cuatro etapas en el proceso.

  • Denuncia de la sucesión intestamentaria, declaratoria de herederos y nombramiento de albacea.
  • Inventarios y avalúos de la sucesión.
  • Administración de los bienes de la sucesión.
  • Proyecto de partición y adjudicación de la sucesión.

¿Únicamente se puede realizar el proceso del intestado ante un juez?

No, puedes recurrir también ante un notario público siempre y cuando todos los interesados estén de acuerdo.