Cobrar un seguro de vida por fallecimiento del titular no debe representar un vía viacrucis si no se cuenta con la documentación adecuada o si los beneficiarios no conocen los datos del seguro adecuadamente. Por ello te dejo un paso a paso para realizar la reclamación correspondiente.
Toma en cuenta que para cobrar el seguro de vida se debe contar con una antigüedad mínima de dos años con la póliza contratada, conforme al artículo 81 de la Ley Sobre Contrato los Seguros.
- Contar con los papeles del seguro en orden, así como los del asegurado y sus beneficiarios. Entre los papeles que podrías requerir son acta de nacimiento del titular y beneficiarios, copias de sus identificaciones, carátula de la póliza y los pagos al corriente de la misma.
- Para poder reclamar la cobertura de muerte, deberás reunir los siguientes documentos:
- Certificado médico de defunción.
- Acta certificada del Registro Civil de fallecimiento.
- Certificado del Ministerio Público que tomó parte en caso de muerte accidental.
- Contrato de la póliza donde esté estipulado los nombres del fallecido y los beneficiarios.
- Identificación oficial y acta de nacimiento del finado.
- Documento de identificación oficial del beneficiario, este puede ser credencial de elector, licencia de conducir, pasaporte o cartilla del servicio militar.
- Acta de nacimiento del o los beneficiarios.
- Si el heredero es cónyuge, se tendrá que presentar acta de matrimonio.
3. Se recomienda que se revisen las cuentas bancarias correspondientes, donde se realizará el pago del seguro de vida. Revisa que se encuentren vigentes y sean válidas. Igualmente, asegúrate que los datos que se asientan en la póliza del seguro y todos la información bancaria que posea la empresa de seguros sean correctos (nombre del titula de la cuenta y clabe bancaria).
4. Ponte en contacto con la empresa de seguros correspondiente para solicitar información respecto a los documentos que se deben presentar y dónde deberán de llevarse, puesto que cada empresa tiene sus propios términos y condiciones, y pueden solicitar algún documento adicional a los mencionados.
5. Llenar el formato correspondiente de reclamación del seguro (solicitar el formato a la aseguradora). De acuerdo a la ley, la compañía tiene 30 días hábiles para depositar la indemnización solicitada a partir de que se presentó en tiempo y forma la documentación.
Considera que si el heredero es familiar directo del finado, cónyuge-concubino, ascendientes o descendientes en línea recta (padres o hijos), la indemnización del seguro no requiere el pago de impuestos fiscales. Sin embargo, si no es pariente en ningún grado antes mencionado, entonces el Sistema de Administración Tributaria (SAT), puede retener el 20% de la suma asegurada, de acuerdo con el artículo 167 de la Ley Sobre el Impuesto de la Renta.