¿Qué son las empresas Fintech?
El sector FinTech lo constituyen empresas que se caracterizan por usar la tecnología digital y herramientas asociadas -computación en la nube, blockchain, big data, inteligencia artificial, redes sociales, etc.- para prestar servicios financieros a consumidores y empresas de una forma innovadora y bajo nuevos modelos de negocio, servicios como Préstamos, microcréditos, pagos y transferencias, wallets, soluciones de pago en línea para el comercio electrónico, finanzas personales, financiamiento de capital, asesoramiento de inversión mediante el uso de algoritmos e inteligencia artificial, Crowdfunding, etc.
¿Todas las empresas FinTech son Instituciones Financieras?
No. Del ecosistema de empresas que se conocen como Fintech, debemos hacer una separación respecto de las Instituciones de Tecnologías Financiera (ITF), las cuales son verdaderas instituciones financieras que forman parte del Sistema Financiero Mexicano y que se encuentran reguladas por la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo de 2018.
Tipos de Fintech
Con la publicación de la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley) el 9 de marzo de 2018 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se busca regular los servicios financieros que dichas instituciones prestan, su organización, operación y funcionamiento, así como los servicios financieros sujetos a alguna normatividad especial que sean ofrecidos o realizados por medios innovadores. Así, la Ley regula las siguientes figuras:
Institución de Financiamiento Colectivo
Se refiere a aquellas instituciones (personas morales autorizadas por la CNBV) que lleven a cabo actividades destinadas a poner en contacto a personas del público en general, con el fin de que entre ellas se otorguen financiamientos mediante las operaciones de financiamiento colectivo de deuda, de capital o de copropiedad o regalías, realizadas de manera habitual y profesional, a través de aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de internet o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital.
Institución de Fondos de Pago Electrónico
Se refiere a aquellas instituciones (personas morales autorizadas por la CNBV) que realicen servicios con el público de manera habitual y profesional, consistentes en la emisión, administración, redención y transmisión de fondos de pago electrónico, por medio de los actos señalados en el artículo 22 de la Ley, a través de aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de internet o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital.
Modelos novedosos
Se refiere a aquel que para la prestación de servicios financieros utilice herramientas o medios tecnológicos con modalidades distintas a las existentes en el mercado al momento en que se otorgue la autorización temporal establecida en el Título IV de la Ley.
Disposiciones de carácter general de la CONDUSEF – FINTECH
¿Dónde puedo consultar si la Fintech donde tengo una cuenta ya tiene la autorización para operar como Institución de Tecnología Financiera?
Ponemos a su disposición la información que requiere a través del Sistema de Registro de Prestadores de Servicio Financiero (SIPRES), que puede consultar en la siguiente liga: https://webapps.condusef.gob.mx/SIPRES/jsp/pub/index.jsp donde podrá consultar las Instituciones de Tecnología Financiera que se encuentran autorizadas y en operación.
¿Si la empresa Fintech aún no cuenta con la autorización para operar como Institución de Tecnología Financiera, donde debo presentar una queja en contra de la Fintech?
Si la empresa Fintech aún no cuenta con la autorización para operar como Institución de Tecnología Financiera y está pendiente de resolución su solicitud para serlo, entonces la reclamación no es competencia de CONDUSEF, por lo que le sugerimos se dirija a la siguiente página electrónica: https://profeco.gob.mx/