Recientemente, la Cámara de Diputados hizo modificaciones al Articulo 16 de la Ley de Instituciones crediticias, respecto al destino de los recursos abandonados en instituciones bancarias en cuentas consideradas inactivas. Ya hace un tiempo te hablé respecto a “cómo puedo perder mi dinero”.

Esto es, si luego de un lapso de 3 años NO has movido tu dinero de la cuenta bancaria, éste pasará a un fondo común hasta que alguien lo reclame. Si eso no sucede, luego de otros 3 años, pasaría a la beneficencia pública. La reforma de este octubre, señala que el dinero también podrá canalizarse a la seguridad pública (muy probablemente la Guardia Nacional o el Ejército, entre ello -especulo-).

Es un riesgo remoto, lo que tiene que pasar para que ello tenga efecto es que una persona no “mueva” su cuenta bancaria. No haga depósito ni retiros. Te comparto el video: