¿Sabías que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede colocarte en una “lista negra”?

De acuerdo con los artículos 69 y 69-B del Código Fiscal de la Federación, el SAT publica, a través de su página de internet, la relación de personas físicas o morales que cuentan con un adeudo ante el fisco, así como otro listado de quienes presuntamente han generado facturas o comprobantes fiscales para emular operaciones, como es el caso de las empresas fantasmas.

Estos registros son públicos, cualquiera puede acceder a las listas para revisar el estatus de un proveedor antes de realizar algún trato comercial con él.

Para efectuar alguna corrección del estatus, se debe actuar con prontitud, pues quienes aparecen bajo el supuesto de realizar operaciones inexistentes, sólo cuentan con 15 días a partir de la publicación para meter la documentación correspondiente y así desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos. Por ello es importante consultar estos registros para verificar el estatus que se tiene con la autoridad.

Aunque antes de estar en una lista negra es mejor que tomes estas medidas básicas.

  • Cumplir en tiempo y forma con las obligaciones fiscales
  • Monitorear los canales de comunicación del SAT
  • Unificar su contabilidad, tener una sola herramienta para llevar el orden de tu contabilidad