Ante el riesgo que existe actualmente de problemas de inundación en los autos, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) emite un comunicado para tomar precauciones.

Si su automóvil cuenta con seguro de cobertura amplia no hay de qué preocuparse, ya que protege contra todos los incidentes comunes, pero además cubre los siniestros generados por inundaciones y terremotos.

Si su seguro tiene contratada una cobertura limitada, es decir que cubre robo del vehículo y responsabilidad civil por daños a terceros en su persona o en sus bienes, es importante señalar que, aunque no contemple los daños materiales del vehículo, también cuenta con una cobertura en caso de huracanes, inundaciones, terremotos y en general, los daños que deriven de fenómenos de la naturaleza.

Es importante mencionar que 14 de las 32 entidades de la República tienen una legislación que obliga a los automovilistas a contar con al menos un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, el cual NO cuenta con la cobertura por daños por fenómenos de la naturaleza como inundación.

Si su auto sufrió daños en un estacionamiento, de acuerdo con la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México, los titulares u operadores de los estacionamientos públicos tienen la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil o fianza, que garantice a los usuarios el pago de los daños que pudieran sufrir en su persona, vehículo, o en la de terceros hasta por 9 mil veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente por vehículo, es decir, alrededor de 679 mil pesos, el cual no necesariamente incluye inundaciones.

Por lo general, los estacionamientos se dividen en dos grupos: Autoservicio o Acomodadores de vehículos (valet parking), en los que su responsabilidad puede variar, por lo que es importante que se informe si cuenta o no con esta cobertura al dejar su auto en un estacionamiento.

Fuente: CONDUSEF