- El SAT se reporta listo para que los contribuyentes que cumplan con los requisitos puedan aplicar el estímulo de reducción a 50% del IVA. (tasa de 8%).
- Los proveedores de certificación de factura cuentan con los elementos necesarios para el timbrado de facturas que incluyan IVA a 8%.
En relación con el estímulo fiscal en materia de impuesto al valor agregado (IVA), contenido en el Decreto de estímulos fiscales de la región fronteriza norte, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que a partir del 8 de enero es posible emitir facturas en las que se aplique el estímulo de reducción del IVA a 50%, una vez presentado el aviso correspondiente por parte de los contribuyentes.
Para lo anterior, el 7 de enero, se publicó en el Portal del SAT la versión anticipada de las reglas que regulan la aplicación del Decreto, incluso lo que respecta a la facturación, que considera la aplicación del estímulo para la reducción del IVA al 50 por ciento.
Desde esta fecha, los proveedores de certificación cuentan con los listados para validar que los contribuyentes emisores estén habilitados para facturar con una tasa del 8%. De igual manera, el servicio gratuito de generación de factura y la aplicación Factura Fácil, ofrecidos por el SAT, están disponibles para que los contribuyentes a quienes aplique este supuesto, puedan facturar.
La disminución en el precio de los productos, al aplicar el estímulo de reducción del IVA, otorgará mayor disponibilidad de ingresos a las familias de la frontera permitiéndoles mayor capacidad de consumo. Este conjunto de acciones permitirá el desarrollo de la economía en esa región.