Hace algunos días la Profeco nos recordó cuáles son los derechos del comprador de un bien inmueble. Tómalos en cuenta:

Adquirir una casa o departamento es una decisión importante, tu trabajo y esfuerzo estarán invertidos ahí́. Asesórate, pregunta e investiga. Te decimos cuáles son tus derechos en este aspecto.

Por lo que se refiere a las características del inmueble, deberás recibir la siguiente información:

  • Extensión del terreno, superficie construida, tipo de estructura, instalaciones, acabados, accesorios, lugar o lugares de estacionamiento, áreas de uso común con otros inmuebles, porcentaje de indiviso en su caso, servicios con que cuenta y estado físico general del inmueble.

Cuando la adquisición sea a crédito, debes tener conocimiento de:

  • El tipo de crédito que contratarás, hacer una proyección del monto a pagar, que incluya la tasa de interés, las comisiones y cargos.
  • Erogaciones que se pueden generar con independencia del precio de la venta, tales como gastos de escrituración, impuestos, avaluó, administración, apertura de crédito y gastos de investigación, entre otros.

El contrato debe incluir las siguientes garantías, sin costo alguno para el consumidor:

  • Los plazos serán contados a partir de la entrega real del bien
  • En cuestiones estructurales: 5 años
  • En impermeabilización: 3 años
  • En aquellos elementos que no sean cuestiones estructurales o de impermeabilización que sean considerados en el contrato: 1 año

En caso de que hagas valer la garantía y persistan los defectos o fallas, el proveedor tiene las siguientes obligaciones:

en defectos o fallas graves:

  • Entregar bonificación del 20% de la cantidad señalada en el contrato como precio del bien; y
  • Realizar de inmediato todas las reparaciones necesarias.

Nota: Fallas graves son aquellas que afecten la estructura o instalación del inmueble y comprometan el uso pleno o la seguridad del mismo; o bien, impidan que el consumidor lo use, goce y disfrute.

En defectos o fallas leves:

  • Realizar de inmediato todas las reparaciones necesarias; y
  • Entregar bonificación del 5% sobre el valor de la reparación.

Compraventa

Los contratos deberán contener entre sus cláusulas lo siguiente:

  • Descripción del bien objeto de la transacción.
  • Características técnicas y de materiales de la estructura, las instalaciones y acabados del inmueble.
  • Precio total de la operación, forma de pago y los gastos adicionales que deberán cubrir las partes.
  • Advertir las penas convencionales aplicables en caso de incumplimiento, así́ como las garantías para el cumplimiento y los gastos reembolsables.

Preventa

El proveedor deberá́ dar a conocer el proyecto ejecutivo de construcción completo y además:

  • La maqueta respectiva y, en su caso, el inmueble muestra.
  • Informar sobre la existencia de gravámenes que afecten a la propiedad, mismos que deberán ser cancelados al momento de la firma de la escritura correspondiente.

Ambos contratos

Para ambos casos, el proveedor deberá́ dar a conocer:

  • El estado en que se encuentra el pago de las contribuciones y servicios públicos.
  • Las autorizaciones, licencias o permisos expedidos por las autoridades correspondientes para la construcción.
  • La información relativa a las especificaciones técnicas de seguridad, uso de suelo, tipo de materiales utilizados en la construcción y los servicios básicos con los que cuenta el inmueble.