Hace algunos días la Profeco nos recordó cuáles son los derechos del comprador de un bien inmueble. Tómalos en cuenta:
Adquirir una casa o departamento es una decisión importante, tu trabajo y esfuerzo estarán invertidos ahí́. Asesórate, pregunta e investiga. Te decimos cuáles son tus derechos en este aspecto.
Por lo que se refiere a las características del inmueble, deberás recibir la siguiente información:
- Extensión del terreno, superficie construida, tipo de estructura, instalaciones, acabados, accesorios, lugar o lugares de estacionamiento, áreas de uso común con otros inmuebles, porcentaje de indiviso en su caso, servicios con que cuenta y estado físico general del inmueble.
Cuando la adquisición sea a crédito, debes tener conocimiento de:
- El tipo de crédito que contratarás, hacer una proyección del monto a pagar, que incluya la tasa de interés, las comisiones y cargos.
- Erogaciones que se pueden generar con independencia del precio de la venta, tales como gastos de escrituración, impuestos, avaluó, administración, apertura de crédito y gastos de investigación, entre otros.
El contrato debe incluir las siguientes garantías, sin costo alguno para el consumidor:
- Los plazos serán contados a partir de la entrega real del bien
- En cuestiones estructurales: 5 años
- En impermeabilización: 3 años
- En aquellos elementos que no sean cuestiones estructurales o de impermeabilización que sean considerados en el contrato: 1 año
En caso de que hagas valer la garantía y persistan los defectos o fallas, el proveedor tiene las siguientes obligaciones:
en defectos o fallas graves:
- Entregar bonificación del 20% de la cantidad señalada en el contrato como precio del bien; y
- Realizar de inmediato todas las reparaciones necesarias.
Nota: Fallas graves son aquellas que afecten la estructura o instalación del inmueble y comprometan el uso pleno o la seguridad del mismo; o bien, impidan que el consumidor lo use, goce y disfrute.
En defectos o fallas leves:
- Realizar de inmediato todas las reparaciones necesarias; y
- Entregar bonificación del 5% sobre el valor de la reparación.
Compraventa
Los contratos deberán contener entre sus cláusulas lo siguiente:
- Descripción del bien objeto de la transacción.
- Características técnicas y de materiales de la estructura, las instalaciones y acabados del inmueble.
- Precio total de la operación, forma de pago y los gastos adicionales que deberán cubrir las partes.
- Advertir las penas convencionales aplicables en caso de incumplimiento, así́ como las garantías para el cumplimiento y los gastos reembolsables.
Preventa
El proveedor deberá́ dar a conocer el proyecto ejecutivo de construcción completo y además:
- La maqueta respectiva y, en su caso, el inmueble muestra.
- Informar sobre la existencia de gravámenes que afecten a la propiedad, mismos que deberán ser cancelados al momento de la firma de la escritura correspondiente.
Ambos contratos
Para ambos casos, el proveedor deberá́ dar a conocer:
- El estado en que se encuentra el pago de las contribuciones y servicios públicos.
- Las autorizaciones, licencias o permisos expedidos por las autoridades correspondientes para la construcción.
- La información relativa a las especificaciones técnicas de seguridad, uso de suelo, tipo de materiales utilizados en la construcción y los servicios básicos con los que cuenta el inmueble.