Con el propósito de que las y los trabajadores conozcan cuáles son los servicios y la manera en que se está proporcionado la atención a los clientes de las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES), la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) informa a las y los interesados, de las medidas de carácter general emitidas el pasado 27 de marzo del año en curso, por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), vigentes inicialmente hasta el 19 de abril para que dichas AFORE, puedan garantizar la atención a los trabajadores conforme a las medidas adoptadas para la mitigación y control de los riesgos para la salud asociados con el COVID-19.

Estas medidas buscan beneficiar a las y los trabajadores ya que podrán continuar recibiendo los servicios de las AFORE para realizar sus trámites del SAR con la menor interrupción y desplazamiento posible, ateniendo al principio de sana distancia.

En este sentido y con el fin deevitar la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas, la prestación de servicios se efectuará primordialmente a través de medios no presenciales, aprovechando el uso de tecnologías de la información, dispositivos electrónicos y centros de atención telefónica. Así, las AFORE ponen a disposición de las y los trabajadores los siguientes canales para dudas o aclaraciones:

a) Teléfono gratuito de SARTEL 55 1328 5000

b) Portales de atención de las propias AFORES

c)Página de Internet de la CONSAR y de la CONDUSEF

Los trabajadores interesados en realizar algún trámite deben tener en cuenta que la atención en las sucursales, módulos y unidades especializadas se dará de manera excepcional y solamente con previa cita, lo anterior con la finalidad de salvaguardar la salud de los trabajadores y del personal de la Administradora, el servicio aplicará exclusivamente para la realización de trámites esenciales como:

  • Retiros totales.
  • Retiros parciales por desempleo.
  • Disposición de recursos de ahorro voluntario.
  • Aquellos que tienen un impacto directo en los trámites de pensión (registro, corrección de datos, separación y unificación de cuentas), además de los traspasos.

Se recomienda a las y los trabajadores, que antes de acudir contacten a su AFORE, a fin de conocer los horarios de apertura de sus sucursales, módulos o unidades especializadas de atención y evitar desplazamientos innecesarios, así como utilizar los servicios que se pueden realizar a distancia. Cada AFORE tiene dispuestas diversas formas de atención para los trámites relacionados con sus cuentas para el retiro, así como para consultas, incluso se han establecido reglas en los tiempos de atención para evitar la concentración de personas en las áreas de espera.

En materia de “Retiro Parcial por Desempleo” de la cuenta de ahorro para el retiro, el trabajador que requiera hacer su trámite para recibir los recursos a los que tenga derecho, debe tener al menos 46 días de desempleo, estar registrado en una AFORE y no haber ejercido este retiro por desempleo en los 5 años anteriores.

Al respecto, es recomendable en estos momentos que las y los trabajadores eviten en lo posible realizar traspasos de cuentas de AFORE y retiros por desempleo o matrimonio, pues las inversiones en las Administradoras han reportado minusvalías en las últimos meses, situación que se verá reflejada en sus estados de cuenta, las cuales solo se convertirán en pérdidas reales al efectuar un traspaso a otra AFORE o un retiro, lo que podría implicar una disminución en las semanas de cotización y en los montos de pensión, sobre todo si están cerca de ejercer su derecho a pensionarse.

Sin embargo, si se requiere realizar un “Retiro por Desempleo” para cubrir los gastos familiares, entonces se debe realizar una Pre-solicitud de disposición de recursos por desempleo en la página www.e-sar.com.mx para obtener la Clave Única de Servicio y agendar una cita con la AFORE que le corresponda.

El día de la cita, deberás llevar una identificación oficial original vigente, Número de Seguridad Social (NSS), el original del estado de cuenta bancario con la CLABE y la solicitud de Retiro por desempleo debidamente firmada. Como medida temporal de apoyo, en un máximo de 15 días hábiles (en lugar de las 6 exhibiciones) se efectuará el depósito en una sola exhibición de acuerdo a la modalidad correspondiente. Considera que puedes reintegrar posteriormente los recursos retirados de tu cuenta y con ello recuperar las semanas de cotización descontadas, pregunta a tu Afore.

En el caso de las y los trabajadores del ISSSTE, deberán acudir a la Delegación Estatal o Regional del Instituto que les corresponda y solicitar el certificado de desempleo, después realizar la Pre-solicitud de retiro parcial por desempleo en la página www.e-sar.com.mx, para obtener la Clave Única de Servicio.

Posteriormente, deben acudir a la oficina de la AFORE con la Solicitud de Retiro Parcial por desempleo llenada y firmada, con una identificación oficial vigente, el certificado de desempleo proporcionado por el ISSSTE, un estado de cuenta de la AFORE o comprobante que acredite el registro en esa administradora y estado de cuenta bancario con la CLABE.

Si los recursos están en PENSIONISSSTE, el pago se realiza en los primeros días de cada mes y si se encuentran en otra AFORE, la entrega será en un plazo máximo de hasta 5 días hábiles.

Toma en cuenta que, al realizar el Retiro por Desempleo, el ISSSTE te descontará años de servicio proporcionales al monto de los recursos que retires, lo que afectará tu pensión futura o el tiempo que deberás continuar cotizando.

Finalmente, se recomienda a las y los usuarios cuidar más que nunca los recursos que reciban y hagan un ejercicio para evaluar para qué propósitos los van a destinar, considerando la situación actual. Sería conveniente dejar un apartado o reserva en caso de que se extienda la eventualidad.

/cms/uploads/image/file/577690/Captura.JPG