Por Ley, cuando un trabajador ingresa al mercado laboral formal debe empezar a ahorrar para su retiro en una cuenta de AFORE.

No obstante, muchos trabajadores, por falta de información o desconocimiento, suelen no elegir de inmediato alguna de las 11 Administradoras que existen en el mercado.

Es por ello que de conformidad con lo establecido en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y con el fin de velar por los intereses de los trabajadores, la CONSAR le asigna temporalmente una AFORE de mejor rendimiento neto. Este proceso se realiza una vez al año.

A diciembre de 2016, del universo total de 56.8 millones de cuentas individuales en el SAR, 18.7 millones pertenecían a trabajadores que no han elegido AFORE[1]

A su vez, las cuentas inactivas son transferidas a una Prestadora de Servicios para su administración y los recursos son depositados en una cuenta concentradora en Banco de México.

Después de  haber transcurrido dos años de la asignación, las cuentas que aún no han sido registradas en alguna AFORE, son asignadas nuevamente a una de las 4 Administradoras que hayan otorgado los mayores rendimientos. A este proceso se le conoce como reasignación.

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Fuente: CONSAR

[1] Una cuenta NO registrada en una AFORE supone para el trabajador una desventaja ya que los trabajadores no registrados no puedan beneficiarse de algunos de los servicios que otorgan las AFORE, como recibir un estado de cuenta y un informe previsional.