Si has hecho aportaciones voluntarias de tu Afore ya sea porque tienes algún apuro económico o porque usaste tu Afore como un instrumento de inversión, esto es lo que debes saber.

REQUISITOS

  • Que el trabajador se encuentre registrado en la AFORE.
  • Que el periodo transcurrido entre la fecha del primer depósito o el último retiro y la fecha de la solicitud sea conforme al plazo seleccionado (dependiendo de la AFORE).
  • Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado que será generado por la AFORE con información del trabajador, su identificación oficial y su comprobante de domicilio (véase “Generación de Expediente de Identificación del Trabajador”).

TRÁMITE

  1. Acudir a cualquier sucursal de la AFORE que administra la cuenta individual y presentar:
    • Solicitud de disposición de recursos debidamente llenada y firmada, que será proporcionada por la AFORE.
    • Identificación oficial vigente (original y copia), que puede ser:
      1. Para mayores de edad, con foto y firma: Credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, cartilla militar, documento migratorio, matrícula consular.
      2. Para menores de edad, con foto y firma o huella digital: Acta de nacimiento, pasaporte, credencial del Sistema Educativo Nacional Cédula de Identidad Personal.
    • Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite el registro del trabajador en la AFORE (Contrato de Administración de Fondos para el Retiro, Constancia de Registro o Traspaso, Carta de Bienvenida, consulta, resumen o certificación de saldos, detalle de movimientos o cualquier otro documento que contenga información de los saldos y movimientos de la cuenta individual).
    • Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) (opcional).
  1. En caso de fallecimiento del trabajador, las personas que el titular de la cuenta haya designado tendrán derecho a disponer de los recursos de sus Subcuentas de Aportaciones Voluntarias. A falta de la designación, tendrán derecho a disponer de ellas las personas que hayan sido acreditadas como beneficiarios en la Resolución, Concesión de Pensión o Laudo que declare la calidad de beneficiario.
    Para tramitar el retiro, adicionalmente a la documentación señalada en el numeral 1, los beneficiarios deberán presentar:

    • Formato de designación de beneficiarios entregado en la AFORE o bien, la Resolución, Concesión de Pensión o Laudo que declare la calidad de beneficiario (original y copia).
    • Copia certificada del acta de defunción del trabajador (original y copia).
    • Identificación oficial vigente de la persona que inicie el trámite (original y copia).

INFORMACIÓN A CONSIDERAR 

  • Tratándose de Aportaciones Complementarias de Retiro, el trabajador podrá disponer de ellas al momento de tener derecho a disponer de las aportaciones obligatorias.
  • Las AFORE están obligadas a realizar una retención de ISR en función de los intereses o el ingreso generado. Antes de realizar el retiro es recomendable solicitar información en la AFORE que administra la cuenta individual o bien, directamente en el SAT.
  • Previo consentimiento del trabajador, el importe de las aportaciones voluntarias podrá transferirse a la Subcuenta de Vivienda para su aplicación en un crédito de vivienda otorgado a su favor por el INFONAVIT.
  • Al momento de tramitar una pensión, el trabajador o sus beneficiarios podrán decidir si retiran los recursos de la Subcuenta de Aportaciones Voluntarias en una sola exhibición o los utilizan para incrementar el monto de la pensión a la que tengan derecho (aplica sólo para pensiones de la  generación AFORE, es decir, aquellas que se otorguen al amparo de la Ley del Seguro Social de 1997 o del Régimen de Cuentas Individuales).
  • El uso obligatorio de la firma biométrica y de los medios electrónicos que las AFORE deban poner a disposición de los trabajadores para gestionar los procesos de Retiro de Ahorro Voluntario entrará en vigor el quince de enero de 2018. Mientras tanto, las AFORE podrán poner a disposición de los trabajadores las solicitudes presenciales en medios físicos.
  • En el caso de menores de edad que no coticen a alguno de los Institutos de Seguridad Social, el tutor o quien ejerza la patria potestad deberá presentar una identificación oficial vigente aplicable para mayores de edad.
  • A través de AFORE Móvil podrá realizarse el retiro de aportaciones voluntarias, pero sólo de aquellas que se hayan depositado a través de este medio y podrán ser transferidas a la cuenta bancaria que indique el usuario siempre y cuando se autentique su identidad por biometría facial.