Para elegir adecuadamente un crédito hipotecario es necesario comparar las tablas de amortización, en donde se observa el comportamiento de los pagos hasta el final del plazo y que además se debe fijar en el pago total que se hará al término del contrato.
Con tal motivo se puede solicitar a las instituciones financieras la oferta vinculante para hacer comparaciones de los diversos costos de crédito y conocer la mejor opción. En este documento se describe cuánto costará, en pesos y centavos, adquirir un crédito con esa institución.
Además, la oferta vinculante debe informar del esquema de pagos respectivos. Una vez que la dan, si así se elige, la institución está obligada a otorgar el crédito en los términos y condiciones allí expresados, siempre y cuando uno cumpla con las formalidades que establece la Ley.
CALCULADORA
Sin embargo, si quiere calcular tus opciones de crédito hipotecario de manera fácil y con una herramienta gratuita, ya cuentas con la calculadora de la Condusef que te brinda diversas alternativas.
¿Quién cobra menos intereses?
¿Con quién pagas menos al final del crédito?
¿Cuál es la mensualidad más barata?
¿Cuál es el desembolso inicial más económico?
¿Cuál es el mejor crédito?
Además cuenta con un simulador con tasa fija y uno de crédito hipotecario con Infonavit. Así también, de manera reciente el simulador presenta posibilidad de calcular tu crédito con los esquemas promocionales que ofrece HSBC, Scotiabank y Santander a Tasa Fija y con Apoyo Infonavit.
Con este instrumento puedes hacer todas las combinaciones posibles para tener más certeza sobre el producto que quieres y puedes tener.
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La oferta vinculante debe contener al menos:
Considera lo que una oferta vinculante debe presentar en todo caso y puedas comparar.
- El importe del préstamo y forma de entrega del mismo.
- Forma de amortización.
- Tasa de interés ordinaria, moratoria y el Costo Anual Total (CAT).
- Comisiones aplicables.
- Aceptación expresa por parte de la Entidad que otorga el crédito, de que recibirá el pago adelantado del mismo por parte de cualquiera otra Entidad y le cederá todos sus derechos derivados del contrato correspondiente, así como la aceptación expresa de que admitirá la sustitución de deudor, en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley*.
- Gastos a cargo del acreditado.
- Causas y penalizaciones por terminación o resolución anticipada.
*Una oferta vinculante, NO ES UNA AUTORIZACIÓN DE CRÉDITO.